Candidata indígena a constituyente: “La Paridad de Género no se ajusta a la realidad de los pueblos originarios”.

La candidata a constituyente, Ingrid Conejeros, en representación del pueblo Mapuche criticó la Paridad de Género que debe incluirse en la Convención Constitucional.

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Las elecciones masivas del próximo 11 de abril, en la que se elegirán concejales, alcaldes, gobernadores, regionales y constituyentes.

Dentro de los 155 candidatos para redactar la nueva Carta fundamental, hay 17 escaños reservados para representantes de pueblos originarios, con el fin de garantizar la representación y participación de cada uno de los pueblos.

En Chile, son 10 los pueblos originarios que están reconocidos por la Ley Indígena (N°19253).

Los escaños se definieron según el pueblo que tenga la mayor cantidad de proporción de población indígena mayor de 18 años en cada distrito.

De esta manera, se entregarán 17 cupos dentro de los 155 convencionales, de los cuales siete se ocuparon para el pueblo Mapuche, dos para los Aymara, y uno para los pueblos Rapa Nui, Yagán, Kawésqar, Diaguita, Quechua, Colla, Chango y Atacameños.

La candidata en representación del pueblo Mapuche que ocupa uno de los 7 escaños reservados, Ingrid Conejeros, en conversación con Alertaley declaró “es necesario tener una mayor participación dentro de la Convención Constituyente, creemos que 7 escaños reservados para el pueblo Mapuche son insuficientes, no está proporcional a nuestra población, pero a pesar de eso vamos a participar entendiendo que este es un proceso inicial”.

¿Quiénes pueden votar?

Para poder participar en las elecciones de los constituyentes de pueblos originarios, de debe acreditar la calidad de indígena en la Conadi o presentar una declaración jurada en el Servicio Electoral (Servel).

La fecha límite para acreditar la calidad indígena y así ser parte del padrón electoral, es hasta el 25 de febrero del presente año.

Al momento de ir a votar, cada persona perteneciente a un pueblo originario (previamente acreditado), podrá optar a recibir una cédula general electoral del distrito en el que vota o la particular de su pueblo originario.

Para la elección de los constituyentes de pueblos ancestrales, se creó un distrito único, el cual tendrá los 17 escaños reservados para la Convención Constitucional.

Paridad de Género

Para asegurar la paridad de género entre hombres y mujeres en la distribución de escaños reservados de los pueblos originarios en la Convención Constituyente, la ley estipula que candidatura deberá presentar un alternativo del sexo opuesto para poder aplicar la corrección de ser necesaria.

Elisa Loncón, académica y candidata constituyente en representación del pueblo Mapuche dijo que es importante que exista la Paridad de Género dentro del proceso constituyente “porque aquí hemos sido todos víctimas del colonialismo, el colonialismo afecta tanto al que coloniza y al colonizado porque tanto como el que aplica el látigo se deshumaniza y deshumaniza a quien se lo aplica”.

Por su parte, Conejeros manifestó que la Paridad de Género no es una consideración que se ajusta a la realidad de los pueblos originarios: “nosotros nos organizamos y determinamos quienes llevaran adelante roles políticos y más allá del género para nosotros es muy importante que sean las personas más idóneas, adecuadas y que contengan las características necesarias para realizar mejor el trabajo y esto no pasa por un género u otro” enfatizó.

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