Derecha hace valer su mayoría y saca adelante en el pleno nuevo redistritaje y disminución de la Cámara de Diputados

Hoy se debatieron temas claves en el proceso, porque si los derechos sociales son el corazón del texto constitucional, la representación política y especialmente el Congreso son parte de la sala de máquinas, donde se juega buena parte de la distribución del poder.

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  • Fue un largo sábado. El pleno sesionó en doble jornada, como los días anteriores, para votar el Capítulo III sobre Representación Política y Participación e iniciar el Capítulo IV sobre el Congreso Nacional.
  • Temas claves en el proceso, porque si los derechos sociales son el corazón del texto constitucional, representación política y especialmente el Congreso son parte de la sala de máquinas, donde se juega buena parte de la distribución del poder.
  • Es más, incluso entre analistas y expertos se ha considerado que es en estas normas donde sectores políticos como Republicanos y Chile Vamos apuestan realmente a dibujar reglas del juego político que les sean favorable.
  • El redistritaje y reducir la composición de la Cámara de Diputados apuntan a eso. No solo se borró la definición explícita que tenía el anteproyecto sobre reafirmar el sistema electoral proporcional, sino que reducir el número de parlamentarios a elegir por distrito lleva a un binominalismo tácito, como el que imperó en la década del 90 y del 2000 que tendía a favorecer solo a los dos grandes bloques políticos.
  • Durante el debate en el pleno, el delegado de Republicanos, Luis Silva, dijo que “las críticas a esta medida, muy típicas de la izquierda, perdida de representatividad, empobrecimiento de la democracia, se originan en una falacia que confunde democracia con representatividad, y representatividad lo confunde con el pluralismo de izquierda. Si a alguien ha favorecido desde su implementación la reforma electoral, ha sido a la izquierda y muy particularmente a la izquierda extrema, el Partido Comunista y el Frente Amplio”.
  • El consejero PS, Cristián Suarez, emplazó a la derecha a ser francos: “ustedes quieren reducir el Congreso porque quieren dominar el Congreso, porque han hecho un cálculo que nosotros no conocemos, que es lo que les conviene de los distritos que representan. Llegaron a una cifra mágica, 138 miembros, deberían explicar qué pasa con esto».
  • Más allá de los discursos, a la hora de votar se impuso la mayoría que tiene Republicanos y Chile Vamos, que por si solos cuentan con los 3/5 (30 votos) del umbral de aprobación de normas.
  • Se reafirmó -con 49 votos a favor- que “el Congreso Nacional se compone de dos ramas: la Cámara de Diputadas y Diputados y el Senado, ambas concurren a la formación de las leyes en conformidad a esta Constitución y tienen las demás atribuciones que ella establece”.
  • Surgido de una enmienda propuesta por la derecha, se aprobó con 32 votos a favor 17 en contra se aprobó el numeral 4 del artículo 58 que precisa que “la Cámara de Diputadas y Diputados estará́ compuesta por miembros electos en distritos plurinominales. En cada uno de estos distritos se elegirán entre dos y seis escaños de acuerdo a un sistema previamente establecido por la ley electoral”.
  • Eso reduce lo establecido actualmente desde que rige el sistema proporcional, ya que se eligen de tres a ocho escaños por distrito, según el número de población.
  • Con 32 votos y 17 en contra se aprobó que “la Cámara de Diputadas y Diputados está integrada por miembros elegidos en votación directa por distritos electorales. La ley electoral respectiva determinará los distritos electorales y la forma de su elección”.
  • El Senado, en tanto, quedó tal como está actualmente. Se aprobó con 49 votos el artículo 55 que precisa que “se compone de miembros elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país, cada una de las cuales constituirá, a lo menos, una circunscripción. Asimismo, durarán ocho años en su cargo, se renovarán por mitades cada cuatro años y podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por un período”.
  • Con 49 votos se aprobó que “ley podrá establecer mecanismos para promover la participación política de los pueblos indígenas en el Congreso Nacional”.
  • Sobre las acusaciones constitucionales se aprobó que pueden aplicarse contra el Presidente de la República, los ministros de Estado, magistrados de los tribunales superiores de justicia; del Contralor General de la República, generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las Fuerzas Armadas, gobernadores regionales y los representantes del Presidente de la República en las regiones y provincias, así como de la autoridad que ejerza el gobierno en los territorios especiales.
  • Con 32 votos a favor el pleno aprobó que aquellas acusaciones visadas por la Cámara de Diputados, una vez en el Senado “la declaración de culpabilidad deberá ser pronunciada por los dos tercios de los senadores en ejercicio cuando se trate de una acusación en contra del Presidente de la República, y por los cuatro séptimos de los senadores en ejercicio en los demás casos. En caso alguno procederá la orden de partido sobre esta votación”.
  • Por dos votos se cayó la polémica enmienda que establecía que “por la declaración de culpabilidad queda el acusado destituido de su cargo, y no podrá desempeñar ninguna función pública, salvo aquellas que sean de elección popular, por el término de cinco años”. Obtuvo 28 votos a favor, 20 en contra y 1 abstención, por lo que fue rechazada.
  • En el capítulo III sobre “Representación política y participación” se aprobó con 33 votos a favor, 15 en contra y dos abstenciones que “las personas tienen derecho de participar en los asuntos de interés público mediante la elección de representantes, plebiscitos y mecanismos de participación que la Constitución establece».
  • Sobre los partidos políticos -32 votos a favor y 17 en contra- se aprobó el umbral de 5%: “Solo los partidos políticos que alcancen, al menos, el cinco por ciento de los votos válidamente emitidos, a nivel nacional, en la elección de los miembros de la Cámara de Diputadas y Diputados respectiva, tendrán derecho a participar en la atribución de escaños en dicha Cámara”.
  • Ese artículo agrega que “esta regla no se aplicará al partido que tenga escaños suficientes para sumar como mínimo ocho parlamentarios en el Congreso Nacional, entre los eventualmente electos en dicha elección parlamentaria y los senadores que continúan en ejercicio hasta la siguiente elección”.  Además, “los votos obtenidos por los partidos políticos que no obtengan escaños conforme a las reglas anteriores, se asignarán a los partidos del pacto que sí cumplan con los requisitos para integrar la Cámara de Diputadas y Diputados, de manera proporcional al número de votos obtenidos por ellos en el respectivo distrito electoral”.
  • Por unanimidad se aprobó el inciso 1 del artículo 44 que establece que “la Constitución garantiza el pluralismo político. Los partidos políticos gozarán de libertad para definir y modificar sus declaraciones de principios, programas y acuerdos; para presentar candidatos en las elecciones y, en general, para desarrollar sus actividades propias en conformidad a la ley en concordancia con lo establecido en el artículo 81 de esta Constitución».
  • Con otros 37 votos a favor, 10 abstenciones y 3 en contra se aprobó que “los partidos políticos, movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, la propugnen o inciten a ella, serán declarados inconstitucionales. Corresponderá a la Corte Constitucional conocer y juzgar estas materias».
  • Lo que sí tuvo un apoyo transversal fue el inciso que precisa que «los partidos políticos deberán adoptar mecanismos de dirección y supervisión para prevenir infracciones a la probidad y transparencia, en conformidad con la ley institucional».
  • Un punto polémico fue el del financiamiento de la propaganda electoral a los partidos, ya que la propuesta de la comisión que llegó al pleno eliminó la mención expresa que hacía el anteproyecto al financiamiento público. Con eso, se abre nuevamente la puerta a la opción de la intervención del mundo privado, que se ha regulado desde hace ya varios años.
  •  Salvo la consejera Gloria Hutt (Evópoli), los restantes 32 votos de Republicanos y Chile Vamos dieron el quorum para aprobar el artículo que precisa que “la ley institucional determinará los requisitos para formar y disolver un partido político y demás normas para que puedan llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento para su funcionamiento ordinario, así como durante las elecciones. Sus ingresos solo podrán ser de origen nacional y solo podrán recibir los aportes que autorice la referida ley institucional. Su contabilidad deberá ser pública”.
  • Sobre participación, se aprobó con 36 votos -tres de esos fueron de los RD José González, Paloma Zúñiga y Julio Ñanco mientras que el resto del oficialismo se abstuvo- que “un grupo de cien personas habilitadas para sufragar podrá registrar en la plataforma del Servicio Electoral una iniciativa ciudadana de ley. Para que la iniciativa sea discutida en el Congreso Nacional deberá, en todo caso, reunir un apoyo equivalente al cuatro por ciento del último padrón electoral y no superior al seis por ciento de dicho padrón”.
  • Dicha norma agrega que “si la iniciativa ciudadana de ley tiene por objeto la derogación total o parcial de una ley vigente, deberá presentarse al Servicio Electoral dentro de los sesenta días siguientes a la publicación de la ley que se pretende derogar. En todo caso, no serán procedentes las iniciativas ciudadanas de ley para reformar la Constitución, como tampoco respecto de aquellas materias que correspondan a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República y a tratados internacionales”.

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