Chile oficializa nueva Ley Antiterrorista con penas más duras y nuevas herramientas de vigilancia

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Unos días luego de que el Gobierno promulgó la nueva Ley Antiterrorista, hoy se publicó formalmente en el Diario Oficial.

Publicada hoy en el Diario Oficial, la nueva Ley Antiterrorista establece sanciones más severas para quienes integren o financien organizaciones terroristas, con penas que pueden llegar hasta los 15 años de cárcel. Además, incorpora técnicas especiales de investigación como el uso del sistema IMSI Catcher para rastrear dispositivos móviles, una medida que generó controversia entre sectores oficialistas, los que intentaron sin éxito impugnar su constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Durante la ceremonia de promulgación que se llevó a cabo el pasado 4 de febrero, el Presidente Boric afirmó: “El terrorismo no solo es un ataque contra personas inocentes, es una agresión a la libertad, a la democracia y a la convivencia pacífica” y aseguró que “Chile no se rendirá ni arrodillará en contra de la delincuencia

Definiciones principales y sanciones más claras

La nueva legislación mejora la definición del delito terrorista, facilitando su aplicación. Además, crea el delito de asociación terrorista, sancionando tanto a los líderes y financistas como a los miembros de dichas organizaciones, con penas que van desde 5 años y un día hasta 15 años de presidio, dependiendo del nivel de involucramiento.

En definitiva, el proyecto tiene 6 ejes principales: 

1.— Mejora la definición del delito terrorista para facilitar su aplicación. La antigua norma obligaba a probar la existencia de un “ánimo terrorista”. La nueva ley establece criterios más claros, señalando que habrá delito terrorista cuando se busque: 

  • Socavar o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado democrático.
  • Imponer o inhibir alguna decisión de una autoridad del Estado democrático.
  • Someter o desmoralizar a la población civil o a una parte de ella.

2.— Cambio en los delitos que serán considerados delitos terroristas: 

  • La colocación o envío de artefactos explosivos o incendiarios capaces de afectar a una cantidad elevada de personas, será considerado.
  • Los atentados contra determinadas autoridades, con resultado de muerte o de lesiones graves gravísimas.

3.— Crea el delito de asociación terrorista (AT).

  • Será sancionado el solo hecho de pertenecer a una organización terrorista, incluso antes de que esta cometa los delitos, con penas desde 5 años y un día, hasta 15 años. Si además se concreta el delito, las penas se sumarán.

4.— Sanciona también casos de terrorismo individual.

  • Personas que actúen por cuenta propia, independientemente de que su objetivo esté vinculado o no a una asociación terrorista. 

5.— Crea el delito de favorecimiento de la asociación terrorista. 

  • Se sancionan delitos “comunes” como la extorsión, tráfico de drogas o armas, cuando se cometan para favorecer o por ejemplo, financiar a una asociación terrorista.

6.— Incluye técnicas especiales de investigación.

  • La nueva ley permite el registro de equipos informáticos, la captación subrepticia de imágenes y sonidos, las entregas vigiladas, el despliegue de agentes encubiertos y el uso de la técnica IMSI Catcher.

La ley también contempla medidas de protección para jueces, fiscales y testigos involucrados en casos de terrorismo. Asimismo, establece la obligación de proponer una Estrategia Nacional de Prevención y Combate contra las Conductas Terroristas, que incluya una propuesta de reparación a las víctimas.

Parlamentarios de oposición y del oficialismo han demostrado posiciones positivas respecto a la promulgación de la ley, la senadora Carmen Gloria Aravena (Partido Republicano) señaló que “Se pone fin a la ineficiencia de la ley que regía desde 1984 y cuyo estándar probatorio hacía prácticamente imposible obtener condenas significativas para quienes cometían actos terroristas. A partir de ahora, le otorgamos a la Fiscalía y al Poder Judicial las herramientas para castigar como en derecho corresponde a los grupos radicalizados que queman maquinaria, destruyen iglesias e infunden temor”. 

Desde el oficialismo, la ministra del Interior, Carolina Tohá, destacó que la nueva ley “es adecuada” y que “no se van a poder conocer los datos, las conversaciones, el contenido de los mensajes, nada de eso. Solamente se va a poder identificar la presencia de un dispositivo en un lugar donde hay una investigación de interés”.

Fallo del TC ante reserva constitucional de partidos oficialistas 

Una de las novedades de la ley es la incorporación de técnicas especiales de investigación, como la interceptación de comunicaciones y el registro de equipos informáticos, entre ellos el uso del sistema IMSI Catcher, el cual permite captar y registrar datos de teléfonos de sospechosos, una medida que ha generado debate por posibles implicancias en la privacidad. 

Tras el despacho del Congreso, parlamentarios del PC y el Frente Amplio anunciaron que solicitarían una “Reserva Constitucional” respecto a la norma que establece el “Imsi-Catcher” como herramienta de rastreo válida para utilizar en procedimientos antiterroristas, apuntando a que sobrepasaría la línea de la privacidad de las personas.

Sin embargo, el Comité de Ministros del Tribunal Constitucional decidió “no tomar en cuenta” la solicitud hecha por los parlamentarios de izquierda, y durante los últimos días emitieron un fallo que señala: “No es factible examinar” las reservas de constitucionalidad planteadas en el debate legislativo respecto del mencionado artículo 19 del proyecto (el uso de dispositivos de rastreo), ya que no se trataba de una norma sujeta a “control obligatorio” de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 93 inciso primero, N° 1, de la Constitución”.

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