- En los últimos días se han acrecentado las críticas por el tenor identitario del texto que se está aprobando en el pleno, como también las acusaciones contra la derecha por aplicar maquina con su autonomía de votación (33 consejeros) para sacar adelante propuestas populistas como la exención del pago de contribuciones a la primera vivienda; la posibilidad que reos con enfermedades terminales cumplan arresto domiciliario, lo que beneficiaría a los condenados en Punta Peuco por violaciones a los derechos humanos, la expresa limitación del derecho a huelga y la consagración de la libertad de elección en salud y previsión social.
- En ese tenso clima y tras un receso solo el domingo, el pleno retomó sus sesiones este lunes para despachar las normas restantes del capítulo IV sobre Congreso Nacional relacionadas con el estatuto de los parlamentarios, las materias de ley, además de los artículos transitorios para aterrizar la implementación del redistritaje del país, la nueva composición de la Cámara de Diputados y excepciones al umbral para los partidos políticos solo para la primera elección que se realice una vez entrada en vigencia la nueva Constitución.
- El redistritaje y la rebaja de la Cámara de Diputados a 138 escaños fue lo que marcó todo el debate del día, propuesta que surgió de una enmienda que presentó la derecha en la comisión de Sistema Político. Una discusión que fue bastante ácida, plagada de recriminaciones mutuas y que refleja lo ajeno que esta el Consejo Constitucional de vislumbrar posibles acuerdos en los temas que restan votar en el pleno de aquí al 4 de octubre.
- Tal como lo hizo en el pleno del sábado, el consejero (PS), Cristián Suárez, reiteró sus críticas a esta fórmula: «se sugirió reducir los asientos en la Cámara de Diputados, primero se había dicho de 155 a 132 asientos y después a 138, lo que propone el Partido Republicano agudizará la desigualdad electoral (…) favorecerá a los partidos de derecha».
- El consejero RN, Germán Becker, insistió en que el número de 138 escaños es un promedio entre el número actual y los 120 que había cuando se aplicaba el sistema electoral binominal: “No me preocupa tanto el número de diputados y yo sí creo que tiene que haber un equilibrio entre la gobernabilidad y la representatividad (…) no queremos más políticos, pero sí queremos tener una mejor política, y a mí me parece que con 138 diputados sería bastante bueno».
- Uno de los que ha liderado la justificación de la rebaja de la cámara y el redistritaje es el delegado de la bancada republicana, Luis Silva. “La rebaja de parlamentarios es una medida que no puede separarse de la reducción de escaños, son dos medidas complementarias entre sí y que apuntan a una única finalidad que es darle mayor estabilidad al sistema político por la vía de terminar o disminuir la fragmentación en el Congreso».
- Añadió que los 138 “están justificados por un estudio que permite mantener la representatividad de los distintos distritos de representantes por representados, obviamente con una densidad menor en algunos casos de la que existe hoy y guardando también la simetría o proporcionalidad que tiene que existir entre los distritos”.
- El consejero de la UDI, Edmundo Eluchans, recordó que la cifra de 138 se llegó en promedio a las distintas propuestas que había en la oposición para reducir la cámara, como la de republicanos proponía 132 y la del gremialismo que oscilaba entre 135 y 150. Increpó al oficialismo que en este tema “solo se ha dedicado a descalificar, oponerse y acusar malas intenciones”, que nunca sus bancadas quisieron conversar algún guarismo de reducción y que ha diferencia de la reforma del 2015, cuando se cambió de binominal a proporcional, ahora se le pide al Servel que haga el redistritaje.
- El comisionado, Gabriel Osorio (PS), dijo que “se han tratado de musitar respuestas para llegar al número mágico de 138, se ha dicho que se ha escaneado los distritos, lamento que al menos para nosotros sea un conocimiento vedado, secreto, que no está de libre acceso para todas y todos, y que se encuentre -si es que existe- en algún computador de quienes llegaron a esta propuesta”.
- El abogado agregó que lamenta la falta de rigor técnico que ha imperado en este debate y recordó que “siempre he estado dispuesto a ser convencido de cualquier alternativa que busque representación y gobernabilidad, pero hasta ahora solo se oyen eslogan, se musitan respuestas misteriosas, se afirma que todo esto mejorará la confianza en la política, pero ¿dónde está la evidencia?”.
Votaciones relevantes
- Las votaciones de este lunes sobre el capítulo IV continuaron desde el artículo 69, que fija las inhabilidades para ser parlamentario: “los ministros de Estado, representantes del Presidente de la República en las regiones y provincias, subsecretarios y secretarios regionales ministeriales” (33 votos); tampoco “los gobernadores regionales, los alcaldes, los consejeros regionales y los concejales” (35 votos) ni los miembros del Consejo del Banco Central (49 votos); jueces e integrantes de la Corte Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales (50 votos); el Contralor General (50 votos), el Fiscal Nacional, el Supraterritorial y el de Asuntos Internos, además de los regionales y adjuntos del Ministerio Público (35 votos votos).
- También se inhabilita a los comandantes en jefe de las FFAA, el director general de Carabineros y de la PDI (50 votos), ni los integrantes del Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia (49 votos y abstención), del Servel (50 votos) y las personas que desempeñan un cargo directivo de naturaleza gremial (33 votos).
- El inciso primero del artículo 72 establece que “cesará en el cargo el diputado o senador que se ausentare del país por más de treinta días sin permiso de la Cámara a que pertenezca o, en receso de ella, de su Presidente”. Se aprobó con 49 votos.
- También cesará en su cargo el parlamentario “que durante su ejercicio celebrare o caucionare contratos con el Estado, o el que actuare como procurador o agente en gestiones particulares de carácter administrativo, en la provisión de empleos públicos, consejerías, funciones o comisiones de similar naturaleza”, inciso que se aprobó por unanimidad del pleno.
- En el inciso 5, aprobado por 35 votos, se añade que perderá el cargo el parlamentario que “de palabra o por escrito incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios violentos, o que comprometa gravemente el honor, la seguridad pública y la seguridad de la Nación”. Se agrega a esta lista el que “haya infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral”.
- Los parlamentarios solo “podrán renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Calificador de Elecciones”. Se aprobó por unanimidad.
- En el inciso 10, que se aprobó con los 50 votos del pleno, se establece que cesará en su cargo el parlamentario que “en sus funciones renuncie al partido político que hubiera declarado su candidatura”.
- Con unanimidad también se aprobó el artículo 75 que obliga a que “los diputados y senadores deberán observar una conducta parlamentaria intachable, de respeto mutuo, y tener un desempeño honesto y leal de la función, con preeminencia del interés general sobre el particular”.
- Sobre la formación de la ley, el inciso 3 del artículo 79 -propuesto por la comisión y que se votó por separado- precisa que son “las leyes institucionales de la Corte Constitucional, del Ministerio Público, del Servicio Electoral, del Tribunal Calificador de Elecciones, de la Contraloría General de República, y del Banco Central, sólo podrán ser modificadas oyendo previamente al órgano constitucionalmente autónomo respectivo. La ley que regula la función jurisdiccional de los tribunales sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema. Tratándose de las leyes relativas al nombramiento, función disciplinaria, formación de jueces, así como la gestión y administración del Poder Judicial, previamente deberá oírse al órgano autónomo respectivo”. Se aprobó con 49 votos.
- El artículo 80 define las iniciativas de ley exclusivas del Presidente de la República: “alteración de la división política o administrativa del país, o con la administración financiera o presupuestaria del Estado, incluyendo las modificaciones de la Ley de Presupuestos”; “contratar empréstitos o celebrar cualquiera otra clase de operaciones que puedan comprometer el crédito o la responsabilidad financiera del Estado”; “fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas y cualquiera otra clase de emolumentos, préstamos o beneficios al personal en servicio o en retiro y a los beneficiarios”; además de “establecer o modificar las normas sobre seguridad social o que incidan en ella, tanto del sector público como del sector privado”. Todas fueron aprobadas con 50 votos del pleno.
- En votación separada se zanjaron otras iniciativas exclusivas. Así, con 33 votos de la derecha se aprobó la iniciativa de “imponer, suprimir, reducir o condonar tributos y otras cargas públicas de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes, y determinar su forma, proporcionalidad o progresión”. Por el mismo resultado se aprobó “crear nuevos servicios públicos o empleos rentados, sean fiscales, semifiscales, autónomos o de las empresas del Estado. La aprobación de normas que crean nuevos servicios públicos requerirá, para su aprobación quorum calificado; suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones”.
- Se rechazó en el pleno la iniciativa exclusiva de establecer “las modalidades y procedimientos de la negociación colectiva y determinar los casos en que no se podrá negociar”, solo obtuvo 1 voto a favor. En su reemplazo, se aprobó con 33 votos de Republicanos y Chile Vamos la de establecer “las modalidades y procedimientos de la negociación colectiva”.
- Por la unanimidad del pleno se aprobó el artículo 90, propuesto en el anteproyecto, precisa que el 1 de junio de cada año el Presidente de la República “informará al país hasta tres proyectos de ley que integrarán la agenda legislativa prioritaria, los que deberán ser puestos en votación y terminar su tramitación legislativa en el plazo máximo de un año desde que se informa la agenda prioritaria. Su forma de tramitación y los plazos de cada trámite serán acordados por los presidentes de las Cámaras y de las comisiones que correspondan a cada proyecto. En caso de incumplimiento de los plazos acordados para su despacho de las comisiones, por el solo ministerio de la Constitución, el proyecto será puesto en votación en la sala correspondiente en su última versión sin que sea posible que esta conozca o vote cualquier otro”.
- Poco antes de las 20:00 horas se comenzó la votación de las disposiciones transitorias de este capítulo IV. La primera de estas establece que esta propuesta de nueva Constitución entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial, lo que debe suceder dentro de los diez días siguientes a su promulgación. Obtuvo 50 votos a favor.
- Sobre la actual Carta Magna, se precisa que “toda la normativa vigente a la fecha de la publicación de esta Constitución seguirá en vigor mientras no sea derogada, modificada o sustituida, o bien, mientras no sea declarada contraria a la Constitución por el Tribunal Constitucional, en los casos que proceda y de acuerdo con lo establecido en esta Constitución”. Se aprobó con 33 votos.
- Por la unanimidad del pleno se aprobó que todos quienes se integraron el Consejo Constitucional, la Comisión Experta o del Comité Técnico de Admisibilidad “no podrán ser candidatos a las próximas elecciones presidenciales, parlamentarias, gobernador regional, consejero regional, alcalde y concejal. Tampoco a ningún otro cargo de elección popular en la primera elección que corresponda a cada cargo que se cree en virtud de esta Constitución”.
- Sobre los partidos políticos, se aprobó con 33 votos que “excepcionalmente, para acceder a la representación parlamentaria en la Cámara de Diputadas y Diputados en el primer proceso eleccionario celebrado desde la entrada en vigencia de esta Constitución, los partidos políticos deberán obtener al menos el 4% de los votos válidamente emitidos a nivel nacional o tener escaños suficientes para sumar como mínimo 4 parlamentarios en el Congreso Nacional, entre los eventualmente electos en dicha elección parlamentaria y los senadores que continúan en ejercicio hasta la siguiente elección”.
- Se agrega que dos o más partidos políticos que concurran en una misma lista o pacto electoral que, individualmente, no hubieren alcanzado el umbral original del 5% “podrán fusionarse para acceder a la atribución de escaños en la Cámara de Diputadas y Diputados si la suma de los votos válidamente emitidos a nivel nacional por cada uno de los referidos partidos políticos es suficiente para alcanzar el porcentaje requerido”. Se aprobó con otros 33 votos a favor, 14 abstenciones y 3 en contra.
- También podrán acceder a escaños “los partidos políticos que, habiendo concurrido en una misma lista o pacto electoral, no hubieren alcanzado individualmente el umbral referido en el artículo 58, en la medida que se fusionen con el partido político de la misma lista o pacto electoral que lo hubiere alcanzado”. Se aprobó con 33 votos del pleno.
- Por 33 votos se aprobó inciso que establece que estas medidas extraordinarias sólo regirán “para la primera elección de diputados que tenga lugar tras la entrada en vigencia de esta Constitución”.
- En las últimas semanas se ha señalado que dicho paquete de transitorias impulsadas por la oposición fueron un guiño a colectividades y movimientos como Demócratas y Amarillos, buscando alinearlos en favor del nuevo texto constitucional.
- En relación al redistritaje, se aprobó con los 33 votos de la oposición que en un plazo de un año y medio desde la entrada en vigencia de la Constitución, el Servel deberá́ elaborar “una propuesta de demarcación de distritos sobre la base de criterios de densidad poblacional, igualdad del voto, y respeto a la división política y administrativa del país en comunas, provincias y regiones, las que no podrán ser divididas o alteradas al dividir o demarcar distritos”.
- Se añade que esa propuesta será́ enviada como proyecto de ley al Congreso para ser tramitado por una comisión bicameral y que, si al cabo de dieciocho meses contados “desde el inicio de la legislatura del 11 de marzo de 2026 no es despachada por el Congreso, regirá́ la propuesta original del Servicio Electoral para la elección de los diputados del año 2029 y en adelante para las elecciones de la misma naturaleza”.
- Otra de las transitorias claves en este tema se aprobó justo con 30 votos y señala que la propuesta de demarcación de distritos que deberá efectuar el Servicio Electoral “deberá́ considerar que la Cámara de Diputadas y Diputados sea integrada por un total de 138 diputados”.
- Una de las últimas votaciones fue la transitoria sobre las candidaturas independientes a diputados o senadores fuera de pacto que “requerirán del patrocinio de un número de ciudadanos igual o superior al 1% de los que hubieren sufragado en el distrito electoral o en la circunscripción senatorial en la anterior elección periódica”. Se aprobó con 33 votos.





