La 69° sesión del pleno de este miércoles 16 de marzo terminó tarde, pasada la medianoche se terminó de votar el informe de reemplazo y el de segunda propuesta constitucional de la Comisión de Sistemas de Conocimientos. Son 9 normas las que anoche sortearon el umbral de los 2/3 del pleno (103 votos) y con ello se incorporan ahora al borrador de la nueva Constitución.
Tras el debate de rigor entre los convencionales, primero se votó el informe de reemplazo, propuestas que fueron rechazadas ya por el pleno previamente y enviadas a la comisión para su reformulación. Así, por 110 votos se aprobó el derecho a la comunicación social, que consagra que “toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social. Se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información”.
Por otros 112 votos a favor, se aprobó el artículo 3 que establece que «el Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información”, y que, además, garantiza que “en ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos”, lo que corresponderá a la ley resguardar dicho precepto.
También en esta área, se aprobó por 113 votos el artículo 4 sobre la promoción de medios de comunicación e información, que consagra que el Estado fomente “la creación de medios de comunicación e información y su desarrollo a nivel regional, local y comunitario”. En este artículo se rechazó el segundo inciso, que garantizaba a los pueblos originarios “a desarrollar y mantener medios de comunicación e información preferentemente en sus propias lenguas”, obtuvo solo 92 votos a favor, por lo que vuelve a la comisión para que se haga una nueva propuesta.
En este informe de reemplazo, además, estaban incluidos los llamados derechos culturales, que fue aprobado por 138 votos, por lo que en la nueva Constitución se asegura a todas las personas y comunidades: el derecho a participar libremente en la vida cultural y artística, como a gozar de sus diversas expresiones, bienes, servicios e institucionalidad; y el derecho a la identidad cultural, “a conocer y educarse en las diversas culturas, así como a expresarse en el idioma o lengua propios”. Los numerales 3, 4 y 5 de este artículo fueron votados y aprobados en conjunto (112 votos), los que hablan de la libertad de crear y difundir las culturas y las artes, así como el derecho a disfrutar de sus beneficios. Se prohíbe toda forma de censura previa; el derecho al uso de espacios públicos para desarrollar expresiones y manifestaciones culturales y artísticas, sin más limitaciones que las establecidas en esta Constitución y las leyes; y la igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria de las diversas cosmovisiones que componen la interculturalidad del país.
Por otros 109 votos, el pleno aprobó el derecho al ocio: “Todas las personas tienen derecho al descanso, al ocio y a disfrutar el tiempo libre”.
Concluido el documento con normas de reemplazo, ya cerca de la medianoche el pleno pasó a la votación del informe de segunda propuesta constitucional, aquellas normas que no lograron los 2/3 del pleno en una primera instancia, pero que obtuvieron más del umbral de mayoría absoluta (78 votos).
Aquí se aprobó -116 a favor, 8 en contra y 21 abstenciones- el reconocimiento a la neurodiversidad. La norma señala que «el Estado reconoce la neurodiversidad y garantiza a las personas neurodivergentes su derecho a una vida autónoma, a desarrollar libremente su personalidad e identidad, a ejercer su capacidad jurídica y los derechos, individuales y colectivos, reconocidos en esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales de Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
En la práctica, con esto se reconoce que las personas con autismo, dislexia, déficit atencional, dispraxia, discalculia, disgrafia, hiperlexia, hiperactividad, trastorno obsesivo compulsivo, síndrome de Tourette y trastornos específicos del lenguaje sean efectivamente incluidas e integradas en la sociedad.
En este informe estaba contemplada la consagración de la libertad de prensa, norma que se aprobó por 119 votos: “El Estado debe respetar la libertad de prensa, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad de información. Se prohíbe la censura previa”.
Además, por 113 votos se aprobó que es deber del Estado promover y participar del desarrollo de las telecomunicaciones y tecnologías de la información. Y, por 104 votos, que todas las personas tienen el derecho a participar de un espacio digital libre de violencia, lo que significa que “el Estado desarrollará acciones de prevención, promoción, reparación y garantía de este derecho, otorgando especial protección a mujeres, niñas, niños, jóvenes y disidencias sexogenéricas”.





