- La 69° sesión de este miércoles partió, pasadas las 15:00 horas, con la cuenta de la mesa. Fue ahí cuando se informó oficialmente la sentencia -con fecha 15 de marzo- del Tribunal Calificador de Elecciones sobre la renuncia de Rodrigo Rojas Vade al cargo de convencional.
- “Este Tribunal, ponderando como jurado los elementos probatorios allegados a los autos, unido al contenido del texto de la renuncia ha alcanzado la plena convicción que los hechos descritos precedentemente constituyen un atentado a la fe pública, y por consiguiente son graves y de la entidad suficiente para encuadrarlos en una de las hipótesis previstas en el artículo 134 de la Constitución Política de la República, por cuanto la conducta desplegada por el señor Rojas Vade ha afectado severamente su desempeño como Convencional Constituyente”, reza el fallo. El documento añade que “se acepta la renuncia del señor Rodrigo Ernesto Rojas Vade al cargo de Convencional Constituyente por el Distrito 13, por la causal contemplada en el artículo 134 inciso segundo de la Constitución Política de la República, esto es, haber incurrido en hechos graves que afectan severamente su desempeño como Convencional Constituyente”.
- En el pleno no se hicieron esperar los comentarios. El convencional UDI, Eduardo Cretton, precisó que con esto “en algo viene a resarcir el tremendo daño que se le ha hecho a la Convención, a los chilenos y a la fe pública” y recordó que está pendiente el 100% de restitución de las remuneraciones que recibió Rojas Vade desde septiembre a la fecha, tal como dictó el Comité de Ética de la CC la semana pasada.
- Su par de la Lista del Pueblo, Cristóbal Andrade, recalcó que la resolución del Tricel «es algo positivo para la Convención, para que podamos seguir trabajando (…) Si nos enfocamos en una persona o algo aparte de la Convención, perdemos el foco de la discusión”.
- El constituyente del Colectivo Socialista, Pedro Muñoz, valoró que “la pelota de Rodrigo Rojas Vade ya no está rebotando en el pleno de esta CC (…) Esta es una lección para la Constituyente: los actos que atenten contra la fe pública se deben condenar vengan de donde vengan”.
- Con esto se cierra definitivamente el capítulo Rojas Vade, uno que persiguió a la Convención por 6 meses y que representó la peor crisis que ha tenido que sortear este organismo.
- Este pleno fue particularmente extenso. Tuvo doble votación de informes. Primero el de la Comisión de Principios Constitucionales para votar en particular las 9 propuestas de normas que la semana pasada sí sortearon la valla de los 2/3 en el pleno.
- Las que fueron aprobadas hoy se suman a las que ya están en el borrador de la nueva Constitución. Las rechazadas, vuelven a la comisión para una nueva búsqueda de acuerdos y su reformulación. Las que obtuvieron menos del umbral de mayoría (78 votos), quedaron excluidas definitivamente del debate constitucional.
- Previo a eso, hubo tres horas de debate.
- La segunda parte del pleno, pasadas las 21:00 horas, se dedicó a la Comisión de Sistemas de Conocimientos, que presentó su informe de reemplazo de propuestas que ya habían sido rechazadas por el pleno y que fueron corregidas. Y, además, el informe de segunda propuesta constitucional, normas que no fueron aprobadas por el pleno, porque no obtuvieron los 103 votos mínimos, pero que sí superaron la mayoría absoluta del pleno (78 votos).
- Las normas del informe de reemplazo aprobadas por 2/3 (103) o más votos del pleno, pasan a votación en particular, si son rechazadas, se extingue su tramitación, salvo si logran más de 78 votos, porque ahí vuelven a la comisión, para ser ajustadas e incorporadas en el informe de segunda propuesta constitucional.
- Las propuestas de normas del informe de segunda propuesta constitucional si no logran los 103 votos mínimos para ser aprobadas, se termina su tramitación, salvo que logren más de 3/5 (96 votos), ahí quedan en el limbo de la insistencia en caso que se realice un plebiscito dirimente, el que requiere de una reforma constitucional aprobada en el Congreso.
Principios Constitucionales
- Tal como dice su nombre, estas propuestas de norma corresponden a las primeras páginas que tendrá la nueva Constitución, los principios y valores sobre los cuales que regirá y sustentará la carta fundamental.
- Estado. Se rechazaron por más de 100 votos, dos indicaciones presentadas por convencionales de derecha para sustituir completo el artículo 1 sobre el tipo de Estado propuesto por la comisión.
- Esta norma era una de las claves del informe, porque aquí se zanjaba la definición de Chile como un Estado social de derecho, un giró sustantivo al rol subsidiario plasmado en la Constitución de 1980.
- Se sometió a votación separada el primer inciso del artículo, que fue rechazado por el pleno, le faltaron 3 votos para el quorum de 2/3: 100 a favor, 47 en contra y 5 abstenciones. Será devuelto a la comisión para que formule una segunda propuesta constitucional: “Chile es un Estado social y democrático de derecho. Su carácter es plurinacional e intercultural y ecológico”.
- El segundo inciso que establece que Chile “es una República democrática, solidaria y paritaria, que reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza”, también se rechazó: 91 votos a favor, 47 en contra y 14 abstenciones. También vuelve a la comisión.
- Lo mismo sucedió con el inciso 3: “Los fines de toda acción estatal son garantizar el bienestar de las personas, de la sociedad y de la naturaleza, construir las condiciones para una vida digna y remover los obstáculos que impidan o dificulten el igual goce de los derechos y la integración de las personas en la vida política, económica, social y cultural para su pleno desarrollo”. Tuvo 89 a favor, 51 en contra y 12 abstenciones. Vuelve a la comisión para una segunda propuesta.
- El artículo 6 habla sobre Igualdad Sustantiva. También fueron rechazadas las dos indicaciones de la derecha para sustituirlo y luego se votó por separado cada inciso de esta propuesta de norma.
- El primero que señala que “la Constitución asegura a todas las personas la igualdad sustantiva, en tanto garantía de igualdad de trato y oportunidades para el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, con pleno respeto a la diversidad, la inclusión social y la integración de los grupos oprimidos e históricamente excluidos” fue aprobado por 108 votos a favor, 26 en contra y 16 en contra. Este pasa directo al borrador de la nueva Constitución.
- El segundo, que precisa que “la Constitución asegura especialmente la igualdad sustantiva de género, obligándose a garantizar la igualdad de trato y condiciones para las mujeres, niñas y diversidades y disidencias sexogenéricas ante todos los órganos estatales y espacios de organización de la sociedad civil” se cayó, obtuvo solo 90 votos a favor, 46 en contra y 16 abstenciones, por lo que vuelve a la comisión.
- El inciso tercero también fue rechazado: 96 a favor, 44 en contra y 16 abstenciones. Señala que “el Estado deberá garantizar la eliminación de todos los obstáculos que dificulten el cumplimiento de este principio y promover acciones positivas que habiliten su pleno ejercicio, aplicando un enfoque de interseccionalidad y teniendo como base las obligaciones asumidas conforme al derecho internacional de los derechos humanos”, texto que debe volver a la comisión para su reformulación.
- El artículo 9 sobre naturaleza. El primer inciso que señala que “las personas y los pueblos son interdependientes con la naturaleza y forman, con ella, un conjunto inseparable”, fue aprobado en particular por 104 votos a favor, 35 en contra y 13 abstenciones. Pasa al borrador de la nueva Constitución.
- Un punto clave de este artículo es el segundo inciso: “La naturaleza tiene derechos. El Estado y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos”. Con aplausos en el pleno, fue aprobado en particular por 104 votos a favor, 45 en contra y 2 abstenciones y también pasa al borrador de la Constitución.
- El tercer inciso habla que “el Estado garantiza la conservación, restauración, recuperación progresiva y equilibrio de la naturaleza y sus elementos, promoviendo además su regeneración. Todo ello, mediante la actuación coordinada con los pueblos y sus instituciones, y la sociedad en su conjunto, tomando decisiones basadas en la ciencia y los saberes de los pueblos, los principios preventivos, precautorio, de no regresión, solidaridad intergeneracional y los demás reconocidos por esta Constitución y las leyes”. Fue rechazado. Tuvo 91 votos a favor, 48 en contra y 14 abstenciones, por lo que vuelve a la comisión.
- “El Estado debe adoptar una administración ecológicamente responsable y promover la educación ambiental y científica mediante procesos de formación y aprendizaje permanentes” es el cuarto inciso de este artículo, fue aprobado por 111 votos a favor, 32 en contra y 11 abstenciones. Pasa al borrador.
- Por 99 votos a favor, 32 en contra y 22 abstenciones se rechazó el inciso quinto: “Chile y sus pueblos tienen la obligación de tomar las medidas necesarias para combatir la emergencia climática y ecológica, mediante la transformación de sistemas productivos, la transición justa e inclusiva, la restauración de los equilibrios ecosistémicos y las acciones de mitigación y adaptación, a partir de un enfoque de equidad y solidaridad entre territorios, comunidades y generaciones”.
- El último inciso habla sobre “la obligación de cooperar con otros estados, organizaciones internacionales y otras entidades, para la protección de la Naturaleza y enfrentar la crisis climática y ecológica, cumpliendo los estándares internacionales emanados de los órganos a los cuales Chile les reconoce competencia” se cayó por 2 votos. Tuvo 101 a favor, 37 en contra y 16 abstenciones. Es rechazado y vuelve a comisión.
- País oceánico. Las dos indicaciones para eliminar y sustituir este artículo fueron rechazadas por el pleno. Por 122 votos a favor se aprobó la propuesta original de la comisión: “Es deber integral del Estado la conservación, preservación y cuidado de los ecosistemas marinos y costeros continentales, insulares y antárticos”.
- Principio de interculturalidad. Luego de dos indicaciones rechazadas -para sustituir la propuesta de la comisión y otra para agregarle un nuevo inciso- el pleno aprobó por 118 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones el artículo 11: “El Estado es intercultural. Reconocerá, valorará y promoverá el diálogo horizontal y transversal entre las diversas cosmovisiones de los pueblos y naciones que conviven en el país con dignidad y respeto recíproco. El Estado deberá garantizar los mecanismos institucionales que permitan ese diálogo superando las asimetrías existentes en el acceso, distribución y ejercicio del poder y en todos los ámbitos de la vida en sociedad”.
- Plurilingüismo. Tres indicaciones distintas de la derecha para modificar este artículo fueron rechazadas. Por separado, el pleno rechazó -89 votos a favor, 47 en contra y 18 abstenciones- el inciso primero de artículo 12: “Chile es un Estado plurilingüe, su idioma oficial es el castellano y los idiomas de los pueblos indígenas serán oficiales en sus autonomías territoriales. El Estado garantizará el conocimiento, valoración y respeto de las lenguas indígenas de todos los pueblos del Estado Plurinacional”. Vuelve a la comisión.
- Sí se aprobó el segundo inciso por una amplia mayoría (132 votos): “El Estado reconoce la lengua de señas chilena como lengua natural y oficial de las personas sordas, así como sus derechos lingüísticos en todos los ámbitos de la vida social”. Pasa directo al borrador.
- Principio de probidad y transparencia. Se votó por separado cada uno de los seis incisos de este artículo. El primero, fue aprobado por 127 votos a favor: “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento a los principios de probidad, transparencia y rendición de cuentas en todas sus actuaciones, con primacía del interés general por sobre el particular”.
- El segundo también fue aprobado -106 votos a favor, 17 en contra y 27 abstenciones- por el pleno: “Es deber del Estado promover la integridad de la función pública y erradicar la corrupción en todas sus formas, tanto en el sector público como privado. En cumplimiento de lo anterior, deberá adoptar medidas eficaces para prevenir, detectar y sancionar los actos de corrupción. Esta obligación abarca el deber de perseguir administrativa y judicialmente la aplicación de las sanciones administrativas, civiles y penales que correspondan, en la forma que determine la ley”.
- Justo con 103 votos, se aprobó el inciso tercero: “Una ley regulará los casos y las condiciones en las que los funcionarios, funcionarias y autoridades deleguen a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan un conflicto de interés en el ejercicio de la función pública. Asimismo, podrá considerar otras medidas apropiadas para resolverlos”.
- El pleno rechazó -97 votos a favor, 28 en contra y 26 abstenciones – el inciso cuarto: “La Constitución asegura a todas las personas la transparencia de la información pública en poder del Estado y de sus procesos deliberativos, decisionales, de participación y administrativos, facilitando su acceso de manera comprensible y oportuna, en los plazos y condiciones que la ley establezca. Esta señalará la forma en que se podrá establecer la reserva o secreto de dicha información, por razones de seguridad del Estado, protección de los derechos de las personas o cuando su publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de la respectiva institución, conforme a sus fines”. Vuelve a la comisión para su reformulación.
- También fue rechazado -89 votos a favor, 28 en contra y 35 abstenciones- y vuelve a la comisión el inciso quinto, que establece que “las normas sobre transparencia activa se aplicarán a aquellas instituciones privadas que reciban fondos o subvenciones del Estado, quienes, además, deberán rendir públicamente cuenta de los gastos que efectúen con dichas asignaciones, en la forma que determine la ley”.
- El último inciso corrió la misma suerte. Tuvo 49 votos a favor, 61 en contra y 38 abstenciones. Este señala que “corresponderá a ley regular el principio de transparencia de la función pública, los procedimientos para el ejercicio de ese derecho y su amparo, así como el órgano que deberá promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información pública de los órganos de la administración del Estado, poderes del Estado y organismos autónomos regulados en la Constitución, además de garantizar el derecho de acceso a la información antes señalada”. Por tener menos del umbral de la mayoría, este queda excluido definitivamente de la discusión constitucional.
- Principio de supremacía constitucional y legal. “Chile es un Estado fundado en el principio de la supremacía constitucional y el respeto irrestricto a los derechos humanos. Los preceptos de esta Constitución obligan igualmente a toda persona, institución, autoridad o grupo”, reza el primer inciso del artículo 15, que fue aprobado por 137 votos a favor, 11 en contra y 2 abstenciones.
- Por 106 votos a favor, 36 en contra y 9 abstenciones, se aprobó el inciso segundo que señala que “los órganos del Estado y sus titulares e integrantes, actúan previa investidura regular y someten su actuar a la Constitución y a las normas dictadas conforme a esta, dentro de los límites y competencias por ellas establecidos”.
- En este artículo es clave el inciso tercero: “Ninguna magistratura, persona ni grupo de personas, civiles o militares, pueden atribuirse otra autoridad, competencia o derechos que los que expresamente se les haya conferido en virtud de la Constitución y las leyes, ni aún a pretexto de circunstancias extraordinarias, sean estas de la naturaleza, políticas o sociales. En aquellas normas se determinarán las responsabilidades y sanciones por la contravención a este artículo”. No alcanzó el quorum de 2/3 y fue rechazado, para volver a la comisión para su reformulación: 89 votos a favor, 47 en contra y 15 abstenciones.
- Emblemas nacionales. Este tema ha sido uno de los más polémicos, dado el uso comunicacional que el sector más conservador de la derecha ha hecho del tema. Se rechazaron tres indicaciones de la derecha para sustituir esta propuesta y se votó por separado sus dos incisos.
- Por 95 votos a favor, 26 en contra y 31 abstenciones fue rechazado el primer inciso que establece que “son emblemas representativos de Chile la bandera, el escudo y el himno nacional”. Vuelve a la comisión para ser reformulado.
- El segundo inciso señala que “el Estado reconoce los símbolos y emblemas plurinacionales propios de los distintos pueblos indígenas y tribales”. Fue rechazado. Obtuvo 52 votos a favor, 54 en contra y 46 abstenciones, por lo que queda excluido definitivamente del debate constitucional.
Sistemas de Conocimientos
- En el informe de reemplazo están considerados el derecho a la comunicación social, concentración de propiedad de los medios de comunicación, desarrollo plural de medios, derechos culturales, identidad cultural, arte callejero, derecho al cuerpo, al ocio y principios de la bioética.
- En el informe de segunda propuesta constitucional están contemplados la libertad de emitir opinión y la de informar en cualquier forma y por cualquier medio; deber del Estado promover y participar del desarrollo de las telecomunicaciones; espacio digital libre de violencia y la neurodiversidad.
- Al cierre de este informe, el pleno debatía ambos informes en conjunto, para luego pasar a la votación de cada uno, con sus respectivas indicaciones.





