- Toda la semana la Convención ha sesionado con la mayoría de sus miembros en modo telemático y con votaciones vía aplicación, debido a los casos positivos de Covid-19, que generaron más de 20 contactos estrechos que han debido cumplir cuarentena. El convencional del Colectivo Socialista, César Valenzuela, confirmo esta tarde que fue “notificado que estoy contagiado con la variante Delta. No han sido días fáciles. Me siento bien y sigo sesionando, pero el encierro y cambio de rutina pasan la cuenta”.
- La 25° sesión del pleno se abocó 100% a la votación en particular del Reglamento de Ética, el cual logró terminar. “Queda despachado el reglamento de ética”, dijo el secretario John Smok entre los aplausos de los convencionales.
- Se aprobaron 32 artículos pendientes, más uno transitorio. Se realizaron 98 votaciones consecutivas entre normas e indicaciones.
- Negacionismo. Tras rechazarse todas las indicaciones, el pleno aprobó por 80 votos a favor, 59 en contra y 11 abstenciones el concepto original de negacionismo del Reglamento de Ética: “Toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto del estallido social de octubre de 2019 y con posterioridad a este. Así también, se entenderá como negacionismo toda acción u omisión, que justifique, niegue o minimice, las atrocidades y el genocidio cultural de las que han sido víctima los pueblos originarios y el pueblo tribal afrodescendiente a través de la historia, durante la colonización europea y a partir de la constitución del Estado de Chile”.
- La primera indicación rechazada -110 votos en contra, 45 a favor y 4 abstenciones- fue la de Chile Vamos que buscaba eliminar el articulado del reglamento. Las otras tres buscaban ajustar o modificar la definición, pero todas fueron rechazadas: la del PC por 77 votos en contra, 63 a favor y 11 abstenciones; la de Apruebo Dignidad FA+, Colectivo Socialista e Independientes No Neutrales por 81 votos en contra, 65 a favor y 5 abstenciones y la de Camila Zárate (exLDP), que tuvo 73 rechazos, 74 a favor y 6.
- La convencional del PC, Carolina Videla, destaco que la inclusión del negacionismo “es tremendamente relevante, porque no está bien negar y/o avalar la tortura, el asesinato y todas las violaciones a los derechos humanos cometidas por el Estado Nación, en dictadura y hoy”.
- Los convencionales de Chile Vamos criticaron duramente el resultado de la votación. Constanza Hube (UDI) afirmó que “el reglamento de Ética tiene varias cosas que son muy totalitarias. De hecho, no lo digo yo, lo dice el decano de la Universidad Adolfo Ibáñez, que precisamente no es un académico de derecha. Dice que, básicamente, con esto…ni en una dictadura se había visto un reglamento como este”. Su par de RN, Luciano Silva (RN), añadió que se trataba de “una peligrosa norma penal en blanco, que saca de la discusión pública los temas vigentes investigados por tribunales como los de octubre 2019. Negarlo acarrea sanción. Me parece mala señal”.
- Los reparos no vinieron solo de la derecha. La convencional de INN, Patricia Politzer, precisó que prohibir el negacionismo no evita dichos discursos: “Como judía -cuya familia sufrió el Holocausto- conozco el dolor frente a la negación de violaciones a los DD.HH. La solución es más debate. Como periodista, entiendo que la libertad de expresión tiene límites y, por eso, voté a favor de sancionar el discurso de odio, que incita la violencia y destruye la democracia y la convivencia social”.
- El convencional del FA, Fernando Atria, agregó que la definición de negacionismo “es demasiada amplia, como la contenida en el texto original, por lo menos a mí me parece que afectaba a la libertad de expresión. Por eso, nosotros votamos por nuestra indicación que acotaba el negacionismo a la esfera en que se justifica totalmente (…) respecto a cómo se desecharon las otras indicaciones se tuvo que votar la propuesta contenida en el texto original y ahí el Frente Amplio votó dividido. Teníamos distintas opiniones respecto de la conveniencia de aprobar o no ese texto original”.
- Violencia de credo. Por 120 votos se aprobó artículo que la define como “el acoso o censura de ideas y símbolos por causa de pensamiento religioso”.
- Noticias falsas. Fue aprobada la indicación que reemplazó el concepto de “noticias falsas” por el de “desinformación”. Esta se entenderá “como la expresión, a través de cualquier medio físico o digital, de un hecho que se presenta como real, conociendo o debiendo saber que es falso».
- El convencional de INN, Benito Baranda, argumentó sobre este punto que “la democracia tiene riesgos que debemos enfrentar, uno de ellos es la desinformación. ¿Qué diálogo efectivo se puede generar en base a falsedades? ¿De qué transparencia, control y participación hablamos si la ciudadanía está confundida entre mentiras difundidas por autoridades?” y que “si bien en Chile no tenemos datos sobre desinformación y noticias falsas en política, la Comisión Europea publicó un estudio que enfatiza que el 83 % de los encuestados declaró que las noticias falsas representaban un peligro para la democracia”.
- Comité Externo de Ética. Es un órgano externo a la Convención, encargado de analizar los casos de infracciones a la ética, integrado por cinco miembros que deben ser propuestos por la Comisión de Ética y ratificados por mayoría absoluta del Pleno. Estos deben ser “profesionales de comprobada idoneidad personal y profesional, que sirvan en Instituciones del Estado, Universidades o Corporaciones sin fines de lucro”. Su composición debe respetar los criterios de paridad, plurinacionalidad y descentralización.
- Infracciones. Entre las infracciones al Reglamento de Ética que se aprobaron están aquellas a los principios de probidad, transparencia, las expresiones de odio y discriminación, el negacionismo, vulnerar el protocolo sanitario para el covid-19 de la Convención, difundir datos personales o sensibles que se hayan conocido en función del cargo, ejercer cualquier acto de violencia de género, acosar a una persona por su orientación sexual o por razones de expresión o identidad de género, enviar mensajes intimidatorios o amenazantes por cualquier medio y, estar ausente de forma prolongada de una sesión del pleno o comisiones por estar en algún programa de TV, radio u otro medio de comunicación.
- Medidas disciplinarias. El artículo 45 del reglamento establece las sanciones que debe aplicar el Comité de Ética a los convencionales que lo infrinjan: la amonestación (llamado de atención, formulado por escrito y con publicidad) y la censura (reproche por escrito, con publicidad e informando al Pleno, medida más severa que la amonestación). De esa medida se eliminó el párrafo del artículo que agregaba en la censura la inhabilidad para ejercer cargos de responsabilidad -coordinador de comisiones, integrante de la mesa- en la Convención.
- También se eliminó del reglamento -por 105 votos a favor, 46 en contra y 3 abstenciones- la suspensión como sanción, que implicaba inhabilitar al convencional de “participar, mediante deliberación, en las comisiones. Al recibir tres censuras, habrá suspensión de 15 días corridos sin derecho a voz y con derecho a voto”.
- Se aprobó agregar al reglamento “otras sanciones” como medidas disciplinarias con acuerdo del denunciado: ofrecer disculpas públicas, participación en programas de formación u otra acción reparatoria, adicional y complementaria, adecuada y proporcionada a la infracción.
- Advertencia de la derecha. Previo a la sesión de hoy y tras ser despachado el Reglamento General, 38 convencionales -37 de Chile Vamos y Rodrigo Logan- enviaron a la mesa de la Convención un oficio en el que expresaron su “reserva de constitucionalidad” sobre varias normas reglamentarias aprobadas por el pleno y advirtieron “de nuestro derecho a recurrir a la Corte Suprema”.
- En el oficio se señala que “en el Capítulo XV de la Constitución Política de la República contiene las normas que regulan la Convención Constitucional. Estas nacen de un acuerdo político transversal, que luego fue plasmado en reformas constitucionales y que, más adelante, se sometieron a plebiscito. Por lo mismo, tales normas forman parte del encargo ciudadano a los convencionales y no podemos desconocerlas ni modificarlas a nivel reglamentario. Así obrar, no solo resulta en inconstitucional, sino que, además, supone desconocer dicho encargo ciudadano”.
- En el texto se insiste en que “el quórum de aprobación de las normas de la nueva Constitución y el reglamento de votación de las mismas, previstos en el artículo 133 de la Constitución, no es una regla revisable o modificable por la Convención Constitucional”.
- A pesar que el quorum de 2/3 fue ratificado por el pleno de la Convención, los reclamos de los convencionales se concentran en el oficio en los artículos 94, 95 y 101 del Reglamento General que se refieren precisamente a ese umbral de votación.
- También hacen reparos sobre los artículos 28 y 29 relaticos a la cesación y vacancia del cargo del convencional, ya que según la derecha contravienen “los artículos 134, 51 y 60 de la Constitución Política”. Básicamente al punto que permite el reemplazo de un convencional independiente, que en términos prácticos es el escaño vacío de Rodrigo Rojas Vade.
Fuentes de la Convención afirmaron que este oficio tiene más un objetivo político y comunicacional, que la voluntad real de recurrir a la Corte Suprema. Punto en que en la propia derecha hay opiniones divididas, porque en sectores más moderados consideran que es un recurso extremo que no puede manosearse, usarlo a cada rato y menos a tan solo tres meses de iniciado el trabajo.





