La reforma constitucional contempla el cambio de fecha sobre la elección de los convencionales constituyentes del 10 y 11 de abril al 15 y 16 de mayo; y artículos transitorios que se refieren a elecciones municipales, y de gobernadores.
A su vez, modifica la fecha de mandato de alcaldes y concejales hasta el 28 de junio de 2021. Los alcaldes que se postulen a la reelección se mantendrán suspendidos hasta el día siguiente de verificada la elección (17 de mayo).
En lo referido a las primarias presidenciales se establece como fecha de las elecciones el 18 de Julio de 2021.
Asimismo, contempla la suspensión de la campaña electoral para la elección de municipales, gobernadores regionales y convencionales constituyentes, desde las 24 horas del día de publicación de esta reforma hasta las 24 horas del 28 de abril, retomándose entre el 29 de abril y el jueves 13 de mayo. Dicha suspensión contempla la propaganda electoral en espacios públicos, respecto de aquella instalada en espacios privados, permitiendo la mantención de la ya instalada, no así la colocación de nueva.
En lo referido a financiamiento y gasto electoral, solo se considera el derecho a uso de bienes muebles o inmuebles; actos y pago de personas que formen parte del equipo del candidato, excluyendo a los brigadistas. Asimismo, se mantendrá vigente el sistema de recepción de aportes del Servicio Electoral para recibir los aportes a campañas electorales.






