La moción cuenta con la firma de seis senadores del PS, PPD, RN, UDI y Evópoli. El proyecto es una reforma constitucional que instala un umbral electoral del 5% y medidas «antidíscolos», como la pérdida de su escaño en el congreso para los parlamentarios que renuncien a sus partidos. El lado de la centroizquierda del Gobierno buscará aunar a las fuerzas políticas para buscar consenso y conseguir los 29 votos en el Senado y 89 en la Cámara.
Los firmantes del proyecto presentado por los senadores son la senadora Luz Ebensperger (UDI), Rodrigo Galilea, senador y presidente de Renovación Nacional, Gastón Saavedra, senador del Partido Socialista (PS), Ricardo Lagos Weber, senador PPD, Alfonso de Urresti, senador PS y Luciano Cruz-Coke, senador de Evópoli. En favor de esta iniciativa, sus creadores argumentan que las propuestas contenidas buscan rescatar lo mejor de los debates constitucionales rechazados por la ciudadanía, tanto de la Convención Constitucional como del Consejo Experto del segundo periodo constituyente. En particular, se destacan las siguientes medidas:
Redistritaje
Se propone un nuevo redistritaje a cargo del Servicio Electoral (Servel), que se actualizará cada 10 años sin alterar el número total de parlamentarios. Esto busca garantizar una representación más equitativa y acorde a la realidad demográfica del país.
Específicamente, la propuesta busca ingresar un nuevo inciso segundo al artículo 47 de la actual constitución:
“El Consejo Directivo del Servicio Electoral deberá actualizar, cada diez años, la asignación de los escaños de diputados entre los distritos establecidos, de acuerdo con el procedimiento y en los plazos establecidos en la ley orgánica. En ningún caso dicha actualización podrá significar una modificación al número de diputados.”.
Umbral electoral
Se establece un umbral del 5% de los votos válidos nacionales para que los partidos políticos puedan acceder a escaños en el Congreso. Además, se prohíben las listas de independientes, con algunas excepciones para aquellos partidos que obtengan al menos 8 parlamentarios. Esta indicación del proyecto busca agregar el siguiente nuevo “artículo 51 bis”:
“Solo los partidos políticos que alcancen al menos el cinco por ciento de los votos válidamente emitidos a nivel nacional, en la elección de los miembros de la Cámara de Diputados, tendrán derecho a participar en la atribución de escaños en dicha Cámara. Esta regla no se aplicará al partido que tenga escaños suficientes para sumar como mínimo ocho parlamentarios en el Congreso Nacional, entre los eventualmente elegidos en dicha elección parlamentaria y los senadores que continúan en ejercicio hasta la siguiente elección. Los votos obtenidos por los partidos políticos que no obtengan escaños, conforme a las reglas anteriores, se asignarán a los partidos políticos del pacto que sí cumplan con los requisitos para integrar la Cámara de Diputados, de manera proporcional al número de votos obtenidos por ellos en el respectivo distrito electoral”.
Adicionalmente, la propuesta señala que de manera excepcional, para las elecciones que tendrán lugar el año 2025, se considerará un umbral mínimo de votación del 4%.
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Mecanismo “anti-díscolos”
Se incorpora un mecanismo que impide que los congresistas pierdan su escaño si renuncian a su partido. De igual forma, los congresistas independientes elegidos en listas de partidos perderán su cargo si se cambian a otro partido o renuncian al comité político de la lista que los llevó al Congreso. Para efectos de esta materia, la propuesta agrega los siguientes incisos, nuevos, en el artículo 60:
“Cesará en su cargo el diputado o senador que renuncie al partido político que hubiera declarado su candidatura. Asimismo, quedará impedido de jurar el diputado o senador electo que desde el día de su elección incurriere en dicha causal. Cesará también en el cargo el diputado o senador independiente que, elegido en la lista de un partido político, comience a militar en un partido distinto al que declaró su candidatura o renuncie al Comité Parlamentario del partido político que la haya declarado. En el primero de estos casos, el diputado o senador independiente quedará impedido de jurar. El diputado o senador que se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los dos incisos anteriores será reemplazado por el ciudadano que señale el partido político que hubiere declarado su candidatura.”
El proyecto de reforma constitucional fue ingresado al Senado y se espera que inicie su tramitación en la comisión de Constitución durante las próximas semanas. Los autores de la iniciativa confían en que esta propuesta genere un amplio consenso entre los distintos sectores políticos y permita avanzar hacia un sistema político más estable y representativo.
Puedes pinchar en el siguiente link para revisar la propuesta presentada por los senadores.
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