22 de octubre de 2013 se publica en el Diario Oficial la Ley 20.698 que propicia la ampliación de la Matriz Energética, mediante Fuentes Renovables No Convencionales.

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La Ley 20.698 modifica el Decreto con Fuerza de Ley Nº 4, de 2007, texto refundido de la Ley General de Servicios Eléctricos, con el fin de elevar la meta de generación eléctrica a través de Energías Renovables No Convencionales (ERNC), contemplada en el Art. 150 bis, la que pasa del 10% para el año 2024 a un 20% para el año 2025, aplicada escalonadamente según un plan establecido en su Art. primero transitorio.

La ley establece además que el Ministerio de Energía deberá efectuar licitaciones públicas para la provisión de bloques anuales de energía provenientes de medios de generación de energía renovable no convencional. La adjudicación se efectuará tomando en consideración los volúmenes de energía ofertada y los precios unitarios asociados a ellos, debiendo adjudicarse las ofertas con menores precios.

En Chile las ERNC son aquellas fuentes generadoras de energía de carácter renovable y que contribuyen al cuidado del entorno y el medio ambiente, se consideran entre estas energías la eólica, la pequeña hidroeléctrica (centrales hasta 20 MW), la biomasa, el biogás, la geotermia, la solar y la energía de los mares.